El
informe del INDH fue entregado al Gobierno el 17 de abril de 2013,
transcurridas las tres primeras jornadas de la Mesa. Se trata de un
"informe intermedio", por lo cual se concentra solo en aspectos de
procedimientos de la "mesa de consenso", sin pronunciarse todavia
respecto a los contenidos discutidos o eventuales acuerdos.
La
misión de Observación del INDH se realiza en cumplimiento de su mandato
legal y aplica como parámetros de sus observaciones los estándares
internacionales relativos al deber estatal de consulta previa.
Objetivos de la Observación del INDH
De acuerdo al Informe los objetivos de la misión de Observación del INDH son tres:
-
"Recabar información y antecedentes sobre el proceso de diálogo y
negociación llevado a cabo en el seno de la "Mesa de Consenso".
-
"Elaborar un informe sobre el proceso de negociación a los fines de
identificar las fortalezas y debilidades de los esfuerzos desplegados
por representes del Poder Ejecutivo y pueblos indígenas a la luz de los
estándares internacionales de derechos humanos.
-
"Elaborar un informe sobre el contenido y resoluciones adoptadas en el
marco de la Mesa de Consenso con el objeto de evaluar su adecuación a la
normativa internacional aplicable al caso."
El Informe del INDH consigan tres antecedentes problemáticos del contexto
"
Se debe señalar que en el transcurso de todo este proceso, el Estado en
paralelo, ha dado curso a propuestas legislativas y/o administrativas,
que a juicio del INDH requieren de consulta previa como es el caso de la
Ley de Pesca o que cuentan con procesos participativos deficitarios
como es el caso del Reglamento de SEIA. "
"Adicionalmente, es un hecho notorio que importantes sectores indígenas se han restado de participar de esta instancia. Es el caso de dirigentes del Pueblo Rapa Nui (representantes electos de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua, y representante electo Consejo Nacional Conadi,) quienes hicieron llegar su propia propuesta de consulta al Gobierno y mantienen firme su postura de reglamentar un proceso autónomo y propio para la Isla. Es también el caso del Pacto por la Autodeterminación Mapuche, que agrupa a organizaciones, dirigentes y autoridades tradicionales de la Novena Región (Ad-Mapu, Consejo de Todas las Tierras, Lonkos de Temucuicui, Parlamento de Coz Coz, Temulemu, entre otros). Representantes del Pueblo Aymara igualmente han hecho público su rechazo a esta iniciativa, lo mismo que la instancia de Autoridades Ancestrales y Dirigentes de los Pueblos Indígenas Autoconvocados."
"A ello se suma la
negativa de los representes indígenas en la Mesa de Consenso a sumar a
quienes han solicitado su incorporación a dicha instancia. Es el caso de
la ADI de Ercilla; Representante Diaguita de la Comuna de Vallenar;
Representante Aymara de la Región de Tarapacá agrupadas en la
organización COPRAY28. Se debe agregar que el INDH con fecha 26 de marzo
del año en curso recibió de parte de la Asociación Mapuche para el
Desarrollo Integral -ENAMA- una carta en la que denunciaba la expulsión
de la que fueron objeto".
Nota: A la
fecha actual, 5 junio 2013, tales antecedentes se han visto agravados:
nuevos proyectos de inversión y proyectos de ley avanzan sin consultas
apropiadas. Y se han sumando nuevos cuestionamientos y retiros de la
"mesa de consenso": aymara, lickanatai y quechua.
"Comentarios preliminares del INDH sobre aspectos detectados como críticos: procedimientos apropiados e instituciones representativas
En su parte conclusiva el Informe del INDH señala:
"La
viabilidad de cualquier iniciativa que se adopte en este contexto, va a
depender de que el procedimiento seguido se adecúe al estándar y
principios que informan la consulta previa. Ello es condición de
legitimidad y validez de los esfuerzos desplegados.
"En
este sentido dos aspectos relevantes son críticos para el logro del fin
esperado y en el cual se detectan graves insuficiencias: El primero
dice relación con los procedimientos apropiados. El otro aspecto vital
es la de concurrir en un dialogo que efectivamente encarne el principio
de instituciones representativas. En ambos casos se observan
insuficiencias notorias.
"En el
primer aspecto se carece de metodologías claras y consensuadas
previamente que permitan generar un diálogo fluido; en el segundo, dadas
las escisiones internas y el rechazo generado por parte de sectores
indígenas, se cierne la duda de la legitimidad de los acuerdos
alcanzados".
- Procedimientos: Improvisación, plazos poco flexibles, carencia de moderador competente e imparcial, ausencia de actas
"Una
primera observación es que se inició un difícil y complejo diálogo sin
contar con una metodología previamente consensuada. Ello ha representado
un obstáculo para avanzar en la formulación de los consensos
requeridos.
- "Se careció de un
cronograma de temas a debatir lo que solo fue salvado en la última de
las reuniones, con propuestas de plazos que no parecen realistas;
-
"No se contó con actas que dieran cuenta de la síntesis de los debates,
de los consensos y disensos, lo que se suplió sólo en la jornada final
de la segunda ronda de negociaciones en el que se convino en la
elaboración de una matriz (no se trata de actas propiamente tal);
-
"No se cuenta con un facilitador o mediador que efectivamente comprenda
la realidad indígena y maneje los estándares del derecho internacional a
fin de orientar, como tercero imparcial, el debate y negociación.
"Dadas
estas carencias se debe advertir que ha habido improvisación. Ello ha
significado que en las dos primeras rondas solo se avanzara en aspectos
muy marginales sobre el articulado de la propuesta de Reglamento. Ello a
pesar de la voluntad y los esfuerzos sinceros que se advierte por parte
de quienes participan del diálogo.
"Se debe advertir que los plazos propuestos por el Gobierno parecen poco flexibles y realistas.
"Por
todo lo dicho, y en consideración a que existen debilidades
metodológicas el Estado debería considerar la posibilidad de solicitar
el asesoramiento técnico del ACNUDH o a la OIT."
- Representación indígena. Marginación de actores relevantes y duda sobre la legitimidad y validez de los acuerdos
Señala el Informe del INDH:
"No
corresponde al INDH pronunciarse sobre las instituciones
representativas, solo indicar que este es una condición de validez y
legitimidad del proceso. Son los propios pueblos indígenas los que
autónomamente deben definir aquello, cabiendo al Estado el deber de
garantizar la participación efectiva de ellos".
El Informe constata que "actores relevantes se han marginado de este proceso"
Ante la duda de legitimidad que se cierne sobre los eventuales acuerdos que pueda adoptar la "mesa de consenso", el INDH recomienda:
"Que
se asuma con los propios representantes indígenas y el Estado que lo
que surja de este debate se conciba como una etapa, de un proceso de
consulta más inclusivo y participativo".
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